Licitar contratos eléctricos con la Administración tiene sus particularidades. Además de los requisitos generales de contratación pública, existen certificaciones sectoriales obligatorias que varían según el tipo de instalación y el importe del contrato.
Requisitos generales (todos los contratos)
- Alta en la Seguridad Social (RETA para autónomos)
- Estar al corriente con la Agencia Tributaria
- Estar al corriente con la Tesorería de la Seguridad Social
- No incurrir en ninguna prohibición de contratar (art. 71 LCSP)
- Declaración responsable o DEUC (Documento Europeo Único de Contratación)
Requisitos específicos para electricidad
El Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) y la Ley de Industria establecen requisitos adicionales:
Instalador autorizado
Para trabajos en instalaciones de baja tensión, debes estar inscrito como Instalador Autorizado de Baja Tensión (IABT) en el registro del organismo autonómico competente (normalmente la Consejería de Industria o Energía de cada comunidad). Hay dos categorías:
- IBTICA: Instalaciones básicas de baja tensión
- IBTGEN: Instalaciones generales de baja tensión (más compleja, exige más acreditación)
Para instalaciones de alta tensión
Se requiere la categoría IATGEN o IATSPEC, con requisitos técnicos más exigentes y personal especializado.
Solvencia técnica
Para contratos superiores a 35.000 €, los pliegos suelen pedir acreditar solvencia técnica mediante:
- Relación de contratos similares ejecutados en los últimos 3-5 años
- Títulos académicos y profesionales del personal
- Descripción del equipo técnico y medios materiales
- En ocasiones: certificado ISO 9001 o equivalente
Solvencia económica
- Volumen de negocios mínimo (habitualmente el doble del valor del contrato en el mejor año de los últimos tres)
- Seguro de responsabilidad civil (mínimo 300.000 € para contratos medianos)
Clasificación empresarial (contratos grandes)
Para contratos de obras superiores a 500.000 € o servicios superiores a 500.000 €/año, se exige el Certificado de Clasificación Empresarial, tramitado ante la Junta Consultiva de Contratación del Estado.
Para electricidad, la clasificación es el Grupo I — Instalaciones eléctricas.
Consulta licitaciones activas de electricidad
¿Tienes ya la documentación en regla? Consulta las licitaciones activas en tu ciudad: